Resulta interesante hablar sobre la dimensión pluricultural y multiétnica de Guatemala. Más interesante aún, son los temas que abarca. Se habla de que los logros más visibles alcanzados por los mayas son en el campo de la cultura y Derechos Humanos, esto trae a mi mente varias preguntas ¿Acaso este pueblo no cuenta con los mismos derechos que todos, por el hecho de ser seres humanos, tenemos? ¿Por qué ha de dárseles un trato preferencial a estas personas? ¿Acaso ellos, al igual que lo han hecho los ladinos por muchos años, no han practicado su costumbres y ritos religiosos? Algo que a mi parecer es todavía más absurdo es la oficialización de los idiomas mayas. Desde un punto de vista realista, creo que las personas que luchan por estas causas deben tener una visión más amplia y global de lo que es Guatemala. Deben abrir sus ojos a la globalización y realizar que vivimos en un mundo plagado de miles de culturas, religiones y lenguas; pero a pesar de la existencia de todos estos factores, el comercio, la información y muchas cosas más se mueven a través de lo que resulte más factible y funcional para todos.
El tema de la oficialización de las lenguas mayas, en mi opinión, ni siquiera debería estar en discusión. Es evidente que a pesar de que los diferentes pueblos indígenas tienen un lenguaje con el cual se comunican, este es de por sí obsoleto en el mundo globalizado. Si hiciéramos una proporción de la población mundial y las personas que hablan lenguas mayas esta sería insignificante. En mi opinión, debe proporcionarse a los niños indígenas y mestizos una educación multilingüe, en el sentido de enseñárseles un idioma funcional a nivel global tal como el mandarín y el inglés. Creo que sería un error garrafal para Guatemala, en todo sentido, oficializar uno de estas lenguas, además nuestro país no cuenta con los recursos para poder implementar en sus sistemas –léase educación y justicia– un segundo idioma.
Con respecto a la espiritualidad, entendida esta como ordenamiento jurídico, el debate gira –tal como se menciona en la tesis– “sobre cómo hacer compatibles dos ordenamientos jurídicos diferentes”. En este sentido, creo que debe quedar claro qué se entiende por ordenamiento jurídico. El ordenamiento jurídico es el conjunto de normas jurídicas (constitución, leyes y reglamentos) que rige en un lugar determinado en una época concreta. Estas normas deben haber seguido un proceso de formación para poder integrar dicho ordenamiento. También es preciso mencionar que el ordenamiento jurídico se caracteriza por ser de carácter general (o sea que rige para todos los miembros de la sociedad) y son producidas por un poder soberano (emitidas por el Estado, a quienes los miembros de la sociedad cedimos ese poder) por lo que no debe confundirse la llamada “espiritualidad” con un ordenamiento jurídico, ya que no posee atribución alguna que le de ese carácter.
Debe recordarse que existen diversos tipos de normas por las que los seres humanos nos encontramos regidos, entre ellas encontramos las normas de carácter moral, religioso, estético, de uso social y normas jurídicas. Uno de los mecanismos del mal llamado “Ordenamiento Jurídico Maya” es el siguiente: “4. La “vergüenza” y el (sic) la amenaza de castigo social (expulsión, por ejemplo) son fuertes presiones para no cometer delitos. De hecho, el mecanismo de la verguenza (sic) afecta no solamente al que viola la norma, sino también a su familia la cual es por definición extendida. La vergüenza de uno es la vergüenza de toda la familia.”
De lo anterior podemos concluir que dicha característica obedece más a una norma de carácter moral, ya que tiende a la consecución de una virtud. Por lo que esto no podría equiparase a un ordenamiento jurídico.
Respecto a la amenaza del castigo social que menciona la norma, solo diré que es realmente deplorable ver como un movimiento que lucha por que sean respetados y reconocidos sus Derechos Humanos, tenga contemplado dentro de su “espiritualidad” (léase ordenamiento jurídico) castigos que impliquen la violación a los mismos (como por ejemplo, la expulsión). Los derechos humanos son inherentes a las personas deben ser respetados no importando su raza, credo o condición. Castigos como desterrar a una persona de su comunidad son casi bárbaros; si retrocedemos a la época en que el Derecho Romano regía, encontraremos algo similar, lo que los romanos llamaban “muerte civil” que era dejar a una persona privada de sus derechos y por ende era desterrada de Roma. Asimismo, someter a personas a castigos inhumanos, por no decir tortura, constituye también una violación grave a los derechos humanos. ¿Dónde queda la dignidad de una persona cuando es obligada a llevar un cartel que diga “soy ladrón”?, ¿Deben respetarse formas de cultura que violan los derechos humanos y la dignidad de las personas? ¿Dónde quedan los tratados en contra de las prácticas inhumanas y tortura firmados por Guatemala?
En realidad creo que el debate sobre el indigenismo puede ser válido, pero creo que debe enfocar sus premisas en fundamentos sustentables, con una visión global y con un compromiso real de sus dirigentes de ayudar a sus comunidades.