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INDIGENISMO

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ANOTACIONES SOBRE EL CONVENIO 169

El Convenio número ciento sesenta y nueve (169) sobre los pueblos indígenas y tribales de la Organización Internacional del Trabajo, conocida por su acrónimo OIT, fue adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo en junio de 1989. Desde entonces, veinte países, en su mayoría de América Latina, lo han ratificado:


 

País 

año 

México

1990 

Noruega

1990 

Bolivia

1991 

Colombia

1991 

Perú

1994 

Paraguay

1993 

Costa Rica

1993 

Honduras

1995 

Guatemala

1996 

Dinamarca

1996 

Ecuador

1998 

Fiji

1998 

Países Bajos

1998 

Argentina

2000, 

República Bolivariana de  Venezuela

2002

Dominica

2002 

 Brasil

2002 

 Nepal

2007 

España

2007 

Chile

2008 


 

El Congreso de la República de Guatemala, por su parte aprobó dicho convenio mediante el decreto número nueve guión noventa y seis (9-96). El convenio ciento sesenta y nueve (169) versa sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. Precisamente, Guatemala es un país que se caracteriza sociológicamente  como un país multiétnico, pluricultural y multilingüe, dentro de la unidad del Estado y la individualidad de su territorio; conformado lo anterior por diversas  expresiones socio-culturales de los pueblos indígenas, los que mantienen la cohesión de su identidad, especialmente  los de ascendencia maya, como los achi, akateco, awakateko, chorti, chuj, itza, ixil, jakalteco, kanjobal, kaqchikel, kiche, mam, mopan, poqomchi, q'eqchi, sakapulteco sikapatkense, tectiteco, tz'utujil y uspanteco;  por lo que al suscribir, aprobar y ratificar el convenio ciento sesenta y nueve (169) simplemente complementa los preceptos que la Constitución de la República ya contemplaba en primer lugar.


 

El convenio ciento sesenta y nueve (169) está estructurado en diez partes en las que desarrolla diversos temas: I. Política general; II. Tierras; III. Contrataciones y condiciones de empleo; IV. Formación profesional, artesanía e industrias rurales; V. Seguridad social y salud; VI. Educación y medios de comunicación; VII. Contactos y cooperación a través de fronteras; VIII: Administración. IX. Disposiciones generales y X. Disposiciones finales. El contenido de las partes relevantes las discutiremos a lo largo de este ensayo.


 

Sobre el génesis del Convenio, es interesante el hecho de que el mismo, por su diversidad de temas, proceda de la Organización Internacional del Trabajo –OIT–   ya que esta es una organización de carácter internacional que tiene por objeto promover los derechos laborales, fomentar oportunidades de empleo dignas, mejorar la protección social y fortalecer el diálogo al abordar temas relacionados con el trabajo. Dichos objetivos, a pesar de estar encaminados a uno de sus fines –la igualdad y no discriminación–, en mi opinión superan por mucho lo regulado en el convenio ciento sesenta y nueve (169). Partes como las que tratan sobre política general y tierras, entre muchas otras, hacen abuso del poder regulador de la Conferencia Internacional del Trabajo.


 

Dentro del marco del acuerdo se  reconoce que los pueblos indígenas y tribales tienen sus propias culturas, modos de vida, tradiciones y leyes basadas en sus costumbres.  Pero a través de la historia la falta de respeto hacia estas culturas ha provocado conflictos en diversas partes del mundo.


 

El trabajo realizado por la Organización Internacional del Trabajo –OIT– con respecto a este acuerdo se agrupa en dos categorías principales: la adopción y supervisión de normas, y la asistencia a pueblos indígenas y tribales y a los Estados. Debido al trabajo constante de esta organización se ha logrado que en  la actualidad la comunidad internacional acepte el principio según el cual las culturas, modos de vida, tradiciones y leyes de los pueblos indígenas y tribales son valiosas y necesarias y deben ser respetadas y protegidas, y que estos pueblos deberían participar en el proceso de toma de decisiones en los países donde viven.


 

SOBRE EL CONVENIO EN PARTICULAR

Reconocimiento a los derechos fundamentales de los pueblos

Es interesante analizar como en diferentes partes del convenio se hace  referencia al aseguramiento de los derechos humanos y libertades fundamentales de los integrantes de los pueblos indígenas y tribales, sin incurrir en discriminación, reconociendo los valores, las costumbres y las ideas que les corresponden y son propios de estos pueblos. En particular es interesante como el  artículo 3 del Convenio ciento sesenta y nueve (169) establece: "1. Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación. Las disposiciones de este Convenio se aplicarán sin discriminación a los hombres y mujeres de esos pueblos. 2. No deberá emplearse ninguna forma de fuerza o de coerción que viole los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pueblos interesados, incluidos los derechos contenidos en el presente Convenio." Lo anterior guarda armonía con los preceptos constitucionales contenidos  en los artículos  sesenta  al sesenta y nueve, pero en especial con  el artículo sesenta y nueve (69), que establece lo siguiente: "Protección a grupos étnicos. Guatemala está formada por diversos grupos étnicos entre los que figuran los grupos indígenas de ascendencia maya. El Estado reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social, el uso del traje indígena en hombres y mujeres, idiomas y dialectos". Lo anterior ratifica el compromiso de Guatemala en la protección de los derechos indígenas ya que existe una evidente desigualdad real de los pueblos indígenas con relación a otros sectores de los habitantes del país, por lo que el convenio se diseñó como un mecanismo jurídico  especialmente dirigido a remover parte de los obstáculos que impiden a estos pueblos  el goce real y efectivo de los derechos humanos  fundamentales, para que por lo menos los disfruten en el mismo grado de igualdad que los demás integrantes de la sociedad.


 

Reconocimiento al derecho sobre Tierras

En la parte III del convenio, el artículo catorce (14) dispone: "1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia. A este respecto, deberá prestarse particular atención a la situación de los pueblos nómadas y de los agricultores itinerantes. 2. Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión. 3. Deberán instituirse procedimientos adecuados en el marco del sistema jurídico nacional para solucionar las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos interesados. Con respecto lo regulado en esta parte, la Constitución de Guatemala ya había previsto dicha protección, esta se encuentra en el artículo sesenta y siete (67) de dicho cuerpo legal el cual menciona: "Protección a las tierras y las cooperativas agrícolas indígenas. Las tierras de las cooperativas, comunidades indígenas o cualesquiera otras formas de tenencia comunal o colectiva de propiedad agraria, así como el patrimonio familiar y vivienda popular, gozarán de protección especial del Estado, asistencia crediticia y de técnica preferencial, que garanticen su posesión y desarrollo, a fin de asegurar a todos los habitantes una mejor calidad de vida. Las comunidades indígenas y otras que tengan tierras que históricamente les pertenecen y que tradicionalmente han administrado en forma especial, mantendrán ese sistema.". En nuestra opinión el reconocimiento de derechos especiales para los pueblos indígenas y tribales sobre las tierras tiene por objeto asegurarles una base estable para sus iniciativas económicas, sociales y culturales, así como su supervivencia futura. No se trata de crear un Estado dentro de un Estado; el Convenio, en efecto, está explícitamente orientado a acciones "en el marco del Estado en el que ellos (los pueblos indígenas y tribales) viven". Debemos recordar que el titulo del convenio refiere a pueblos indígenas y tribales en países independiente, por lo que no se debe entender que dichos pueblos puedan formar otro Estado o separarse del que pertenecen.


 

Participación política de los pueblos indígenas

Otro punto muy importante que incluye el convenio que ahora se estudia, es el relativo a la participación que los pueblos indígenas tienen en política. En este sentido, primeramente obliga al Estado a reconocer las instituciones que estos pueblos ya tienen, las cuales vienen desde antaño y fueron evolucionado con el tiempo. Otra parte, tal una a la que se le ha dado mayor relevancia, es el método de consultas, pues prácticamente en todo aquel asunto que ataña a la vida de los pueblos indígenas y tribales, o que les represente cambios sustanciales o de alguna manera les afecte, debe serles consultado. Esto, con la finalidad de que se les escuche, ya que se ha considerado que –de un modo u otro– se les ha marginado de estas decisiones 'unilaterales'. No se debe olvidad, de cualquier forma, que el método de consultas aquí expuesto, no debería convertirse en un mecanismo alternativo de gobierno, ni en una condicionante de la administración, sino sencillamente en una forma de verificar la voluntad popular, algo que tampoco sería nada despreciable para el caso de los no indígenas.


 

Podríamos continuar con examinando con cada uno de los artículos y partes del Tratado ciento sesenta y nueve (169), ya que es un tema novedoso y de gran interés para todos los que vivimos en países con población indígena, pero creo que por ahora hemos discutido los aspectos más interesantes de el por lo que invitamos al lector a que plantee sus interrogantes.

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EDIPO, complejo paradigma de la identidad

En este ensayo es importante mencionar la complejidad con que el autor compara la compleja historia de Edipo con la lucha que tiene cada ser hunamo en busca de su identidad, ya que todos, como seres humanos, jugamos diferentes roles en la vida (familiares, de amistad, religiosos, sexuales, étnicos, etc.) y en cada uno de ellos tratamos de encontrar nuestro ser.

El autor define diferentes roles:
  • el primero es el sexo, que nos da difereneste oportunidades y recompensas dependiendo al sexo que pertenecemos.
  • el segundo es el espacio o territorio, que nos mueve a diferentes tendecias, aqui tambien se incluye la rama religiosa.
  • el tercero es la identidad socioeconómica, la cual define nuetra clase social. Esta también implica relaciones sociales ya que dependiendo el ámbito en que nos desarrollemos así seran nuestras relaciones sociales.

Al avanzar en la lectura, nos preguntamos ¿que es la nación? El autor nos plantea que se puede definir como "un grupo humano designado por un gentilicio y que comparte un territorio historico y mitos colectivos, una cultura de masa pública, una economia unificada y derechos y deberes legales iguales para todos sus miembros".

Es interesante la definición ya que lo que nos hace nación y no une como comglomerado humano es lo mismo que nos divide, ya que, si partimos del concepto anterior, todos los que integramos la nación debemos ser iguales en derechos y obligaciones, pero en el caso de los pueblos índigenas, estos reclaman derechos y obligaciones desiguales (por no decir preferentes) dentro de un mismo territorio que comparten con los no índigenas.

En realidad creo que la búsqueda de la identidad de los pueblos debes iniciar por la autobúsqueda de cada uno de sus integrantes de el lugar y el rol que ocupa en cada uno de sus ámbitos sociales ya que al encontrar el génesis de nuestro existir podremos iniciar la busqueda de algo más grande y colectivo como lo es la nación.
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Lengua indigenas a punto de extinguirse

Hoy por la mañana encontre este articulo en Prensa Libre:

http://www.prensalibre.com/pl/2009/marzo/01/297833.html

Es interesante ver como en Guatemala no existe un senso sobre cuatas personas hablan realmente las diferentes lenguas. La Ley de Idiomas, a pesar de estar vigente es inobservada. Y la apatia que muestran las nuevas generaciones para con la cultura de sus pueblos.
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Año Nuevo Maya




El domingo 22 de febrero del 2009, se celebro el Año Nuevo Maya. Como parte del curso de Indigenismo, fuimos a presenciar la ceremonia, que se llevo a cabo en Iximche, como parte de la celebración.

Fuen muy interesante presenciar de cerca todos los ritos que se llevan a cabo por parte de las diferentes etnias mayas. Al llegar a Iximche pudimos notar la presencia de muchas personas no indigenas que tambien se apersonaron para ser parte de la celebración.

Habia varias ceremonias, pero nuestro grupo presencio una que se encontraba al fondo del parque. Alli habia una marimba amenizando la celebración. Cuando llegamos habian muchas personas que se reunian al rededor de un circulo que estaba lleno de velas, incienso, miel, chocolate, ocote y otras otras cosas que al final son quemadas como ofrenda a los dioses. Antes de quemar el circulo, los dirigentes hacen oraciones y fuman puros pidiendo por diferntes causas.

Fue una experiencia interesante y muy cultural. Nunca sobre todo palpar de cerca la fe con que estas etnias viven su cultura y sincretismo.
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Los hijos del atavismo

Detrás de la barroca y excesivamente descriptiva prosa de Octavio Paz, del laberinto histórico que nos dibuja, se yergue una realidad social y cultural pocas veces discutida, pero que no debe pasar desapercibida: es, desde mi particular punto de vista, la sufrida vida de quienes han llegado a ser llamados ‘pachucos’.

El sufrimiento del que hablo, no necesariamente proviene de las condiciones de vida que puedan tener estas personas. No. Procede, más bien, de la orfandad cultural y de una identidad ausente. Es, para enlazarlo con mi publicación anterior, consecuencia de un choque de culturas y de su deficiente asimilación. Ello, da lugar a una fusión que los deja en una especie de limbo cultural.

A final de cuentas, el fenómeno descrito induce en el sujeto de estudio, una especie de lucha interna, que ocasiona un auténtico desgarre de su entorno. No es de acá ni de allá, y por esa sola razón sobrelleva el rechazo de los pueblos de su origen y de la sociedad receptora. El atavismo los ata tanto a su cultura, como lo empuja a la artificial imitación de aquella que les extraña, pero alrededor de la cual sientan su nuevo hogar.

Figura similar –de desadaptación social– nos es también familiar en el medio guatemalteco, a quienes nos referimos como los ‘mucos’. Este grupo social trata de adaptarse a su medio. Ese es su objetivo y, posiblemente, su más grande sueño. Sin embargo, la forma en que pretenden lograrlo difícilmente les llevara a ello: he ahí, el fracaso de su empresa, el génesis de su diferenciación y la causa de su rechazo. Al igual que el pachuco, estos seres no tienen identidad.

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Un mundo para muchas culturas

Con el tiempo he podido comprobar que el intercambio cultural es algo con lo que estamos en contacto día a día.

El mundo globalizado en que vivimos nos permite interactuar rápidamente con personas de diferentes culturas. El internet hace que la interacción cultural se amplié y nos permita adaptarnos con mayor facilidad a diferentes culturas.
Vemos como hoy en día parte importante de la cultura de otros países se ha incorporado a la cultura guatemalteca. El ejemplo que me llama más la atención es la comida, vemos como han surgido muchos restaurantes orientados a un tipo de comida específica (v.g. japonesa, china, tailandesa, española, cubana, etc.). La comida es una parte importante de la cultura de un país, ya que nos permite conocer la cultura a través del gusto. Vemos como platillos típicos de diferentes países forman parte ahora de la dieta de los guatemaltecos, un ejemplo burdo son los tradicionales “chucos”, que son una adaptación chapina de los hot dogs de Estados Unidos.

Otra manera de interactuar, aunque sea en una sola vía, solo los programas de televisión, por medio de ellos aprendemos como se desarrolla la vida en otras culturas. Quien de nosotros no vio el famosos chavo del ocho, que es un típico ejemplo de la cultura mexicana. Pues, aun de esta forma interactuamos culturalmente, ya que, al ver diversas conductas en la televisión las aprobamos o nos chocan, y depende de que reacción tengamos a ellas las adoptaremos en nuestra vida o las desaprobaremos por completo.
Sinceramente creo que el intercambio cultural puede llegar a nosotros de muchas maneras, desde un programa o serie de televisión hasta en la forma más sencilla como las especies en una comida. Lo importante es decidir como vamos a actuar ante estas nuevas situaciones que se nos presentan.
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DEBATE SOBRE INDIGENISMO

Resulta interesante hablar sobre la dimensión pluricultural y multiétnica de Guatemala. Más interesante aún, son los temas que abarca. Se habla de que los logros más visibles alcanzados por los mayas son en el campo de la cultura y Derechos Humanos, esto trae a mi mente varias preguntas ¿Acaso este pueblo no cuenta con los mismos derechos que todos, por el hecho de ser seres humanos, tenemos? ¿Por qué ha de dárseles un trato preferencial a estas personas? ¿Acaso ellos, al igual que lo han hecho los ladinos por muchos años, no han practicado su costumbres y ritos religiosos? Algo que a mi parecer es todavía más absurdo es la oficialización de los idiomas mayas. Desde un punto de vista realista, creo que las personas que luchan por estas causas deben tener una visión más amplia y global de lo que es Guatemala. Deben abrir sus ojos a la globalización y realizar que vivimos en un mundo plagado de miles de culturas, religiones y lenguas; pero a pesar de la existencia de todos estos factores, el comercio, la información y muchas cosas más se mueven a través de lo que resulte más factible y funcional para todos.

El tema de la oficialización de las lenguas mayas, en mi opinión, ni siquiera debería estar en discusión. Es evidente que a pesar de que los diferentes pueblos indígenas tienen un lenguaje con el cual se comunican, este es de por sí obsoleto en el mundo globalizado. Si hiciéramos una proporción de la población mundial y las personas que hablan lenguas mayas esta sería insignificante. En mi opinión, debe proporcionarse a los niños indígenas y mestizos una educación multilingüe, en el sentido de enseñárseles un idioma funcional a nivel global tal como el mandarín y el inglés. Creo que sería un error garrafal para Guatemala, en todo sentido, oficializar uno de estas lenguas, además nuestro país no cuenta con los recursos para poder implementar en sus sistemas –léase educación y justicia– un segundo idioma.

Con respecto a la espiritualidad, entendida esta como ordenamiento jurídico, el debate gira –tal como se menciona en la tesis– “sobre cómo hacer compatibles dos ordenamientos jurídicos diferentes”. En este sentido, creo que debe quedar claro qué se entiende por ordenamiento jurídico. El ordenamiento jurídico es el conjunto de normas jurídicas (constitución, leyes y reglamentos) que rige en un lugar determinado en una época concreta. Estas normas deben haber seguido un proceso de formación para poder integrar dicho ordenamiento. También es preciso mencionar que el ordenamiento jurídico se caracteriza por ser de carácter general (o sea que rige para todos los miembros de la sociedad) y son producidas por un poder soberano (emitidas por el Estado, a quienes los miembros de la sociedad cedimos ese poder) por lo que no debe confundirse la llamada “espiritualidad” con un ordenamiento jurídico, ya que no posee atribución alguna que le de ese carácter.

Debe recordarse que existen diversos tipos de normas por las que los seres humanos nos encontramos regidos, entre ellas encontramos las normas de carácter moral, religioso, estético, de uso social y normas jurídicas. Uno de los mecanismos del mal llamado “Ordenamiento Jurídico Maya” es el siguiente: “4. La “vergüenza” y el (sic) la amenaza de castigo social (expulsión, por ejemplo) son fuertes presiones para no cometer delitos. De hecho, el mecanismo de la verguenza (sic) afecta no solamente al que viola la norma, sino también a su familia la cual es por definición extendida. La vergüenza de uno es la vergüenza de toda la familia.”

De lo anterior podemos concluir que dicha característica obedece más a una norma de carácter moral, ya que tiende a la consecución de una virtud. Por lo que esto no podría equiparase a un ordenamiento jurídico.

Respecto a la amenaza del castigo social que menciona la norma, solo diré que es realmente deplorable ver como un movimiento que lucha por que sean respetados y reconocidos sus Derechos Humanos, tenga contemplado dentro de su “espiritualidad” (léase ordenamiento jurídico) castigos que impliquen la violación a los mismos (como por ejemplo, la expulsión). Los derechos humanos son inherentes a las personas deben ser respetados no importando su raza, credo o condición. Castigos como desterrar a una persona de su comunidad son casi bárbaros; si retrocedemos a la época en que el Derecho Romano regía, encontraremos algo similar, lo que los romanos llamaban “muerte civil” que era dejar a una persona privada de sus derechos y por ende era desterrada de Roma. Asimismo, someter a personas a castigos inhumanos, por no decir tortura, constituye también una violación grave a los derechos humanos. ¿Dónde queda la dignidad de una persona cuando es obligada a llevar un cartel que diga “soy ladrón”?, ¿Deben respetarse formas de cultura que violan los derechos humanos y la dignidad de las personas? ¿Dónde quedan los tratados en contra de las prácticas inhumanas y tortura firmados por Guatemala?

En realidad creo que el debate sobre el indigenismo puede ser válido, pero creo que debe enfocar sus premisas en fundamentos sustentables, con una visión global y con un compromiso real de sus dirigentes de ayudar a sus comunidades.

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“El Problema Social del Indio”

Como parte de las asignaciones del curso de Indigenismo ha llegado a mis manos la tesis del famoso Premio Novel de Literatura, Miguel Ángel Asturias, esta se titula "El problema social del Indio" y fue escrita en 1923. Aunque debo admitir que al principio no llamo mucho mi atención esta lectura, he de reconocer que luego de las advertencias de mi profesor y pequeños adelantos sobre lo que encontraríamos en el texto, no me pude resistir a tan tentadora lectura.

En un inicio tome las indicaciones dadas, las cuales se referían a situarnos en la época en que la tesis fue escrita, asimismo desde un punto puramente objetivo y científico. Tal vez soy demasiado racional, pero cuando estaba leyendo la tesis me pareció un estudio bien dirigido y objetivo. En la parte donde habla sobre la sociografía indígena me pareció interesante como trata sobre los estados sociales que atravesó el indio, todo con el objeto de analizar el problema actual del mismo. Así describe como en la época prehispánica los indios, semibarbaros, de tener una cultura floreciente y organizada pasan a ser esclavos en la colonia y como en la época de la independencia, donde a pesar de que podía pensarse que las diversas leyes dictadas a favor de la libertad, que podrían aprovechar a los indios por ser la mayoría, estos siguen bajo la esclavitud debido a otras razones.

El autor ve desde su perspectiva social que los problemas que aquejan al indio de su época que en realidad, no son muy distintos a los que lo aquejan hoy en día. El trabajo excesivo, la mala alimentación, las uniones prematuras, así como la falta de recursos para acceder a servicios básicos son problemas que persisten en nuestra sociedad. No esta muy alejado Asturias de la realidad que vive hoy en día el indígena. No hay que salir mucho de la cuidad para que estos problemas se hagan palpables a la vista de propios y extraños. Desde muy temprano se puede ver caminar por las orillas de la carretera a niños que junto a sus padres van a su jornada de trabajo o como niñas acompañan a sus madres para ir a traer agua a un pozo. Todas las condiciones que señalas Asturias en su tesis, lastimosamente, aun son palpables.

La mestización propuesta por Asturias puede ser una solución a los problemas que aquejan a esta raza, pero en mi opinión esta es poco factible y llevaría mucho tiempo. Creo que sería más sensato proporcionar educación a estas personas. Proporcionarles condiciones favorables para que se desarrollen, así como accesibilidad a servicios básicos. En mi opinión muchas de las deficiencias o taras que señala el autor se deben a la falta de educación. El alcoholismo, la violencia y la falta de higiene son condiciones que se dan por la fala de instrucción. La simple instrucción cambiaría de manera drástica el medio social indígena. Hemos visto como hoy en día personas indígenas con talento, que han sido educadas, han sobresalido en diferentes campos de las ciencias y las artes. Sin ir muy lejos personas que han sido instruidas solo en la primaria logran construir comercios e industrias de gran éxito.

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BIENVENIDOS A MI BLOG

Espero que disfruten de mis ensayos. La mayoria de ellos tratara sobre el tema de indigenismo, ya que este blog esta especialmente diseñado para los amantes de este tema.
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